Promulgación del Estatuto del Periodista, en 1948 |
En la relación entre el peronismo y los medios de comunicación masiva suelen utilizarse relatos sesgados por los intereses de los editores de los diarios de la época. Entre las visiones más amplias, que sirven para el debate, no para comprar como un paquete cerrado, rescatamos algunos párrafos de un trabajo del estadounidense James Cane (1) publicado en 2007. Cane no es precisamente peronista y sus narraciones suelen ser contundentes a la hora de criticar a Juan Domingo Perón y su relación con los medios, pero es interesante el matiz que aparece cuando busca caracterizar el rol que aquel Gobierno jugó en la relación entre los trabajadores de prensa y los dueños de los medios, especialmente a partir de la promulgación del Estatuto del Periodista (Ley 22608), todavía vigente.
Según los creadores del Estatuto, la intervención estatal en el funcionamiento de la prensa bajo la forma de regulación de las condiciones de empleo de los periodistas y la mediación obligatoria en las disputas laborales no amenazaban el buen funcionamiento de la prensa. A cambio del concepto liberal que ubicaba al Estado en una posición de amenaza inequívoca y permanente, con el Estatuto del Periodista la idea de que podía servir de protector de la ‘verdadera misión’ de la prensa y de los periodistas –agentes privilegiados de expresión pública- no sólo llegó a tener mayor peso ideológico, llegó a tener fuerza de ley.
El Estatuto, por lo tanto, no sólo facilitaba la rearticulación de las complejas relaciones entre los trabajadores y propietarios de la prensa nacional, también alteró inmediata y fundamentalmente el status de la prensa en su conjunto vis-à-vis el Estado argentino. Primero, la disposición institucionalizó, aún más, la división entre trabajo y capital en las salas de redacción. Al reconocer y dar fuerza de ley a esta fisura socavó el concepto de ‘la prensa’ como un sujeto colectivo y uniforme, contrarrestando así, en términos prácticos, el efecto unificador que tenía la censura. (…)
(…) Más que dividir simbólicamente a ‘la prensa’, el Estatuto daba al Estado mismo –en la forma de la STP- un espacio en las salas de redacción como mediador en las relaciones entre periodistas y propietarios, antes que como presencia temporaria y represiva. Así, donde los oficiales de la Subsecretaría de Informaciones y Prensa, por su función de censores, entraban a los diarios como plena amenaza tanto para periodistas como para propietarios, el Estatuto iniciaba una participación estatal que actuaba como protectora de los intereses materiales de los periodistas. De forma parecida, la inequívoca clasificación jurídica de los diarios de circulación masiva como entidades abría la industria de la prensa –como cualquier otra área de la economía argentina- a la regulación estatal de la mano de obra, del papel de diario y de los otros factores de producción. (…)
(…) Más que dividir simbólicamente a ‘la prensa’, el Estatuto daba al Estado mismo –en la forma de la STP- un espacio en las salas de redacción como mediador en las relaciones entre periodistas y propietarios, antes que como presencia temporaria y represiva. Así, donde los oficiales de la Subsecretaría de Informaciones y Prensa, por su función de censores, entraban a los diarios como plena amenaza tanto para periodistas como para propietarios, el Estatuto iniciaba una participación estatal que actuaba como protectora de los intereses materiales de los periodistas. De forma parecida, la inequívoca clasificación jurídica de los diarios de circulación masiva como entidades abría la industria de la prensa –como cualquier otra área de la economía argentina- a la regulación estatal de la mano de obra, del papel de diario y de los otros factores de producción. (…)
(1) James Cane, escribió Trabajadores de la pluma. Periodistas, propietarios y Estado en la transformación de la prensa argentina, 1935-1945, en el libro “Prensa y peronismo”, compilado por María Liliana Da Orden y Julio César Melon Pirro. Es doctor en Historia por la University of California-Berkeley y realizó su tesis doctoral bajo la dirección de Tulio Halperin Donghi.
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