El jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Mauricio Macri, firmó un decreto que impide a los trabajadores de prensa ejercer sus derechos sindicales. Lo hace en supuesta defensa de la libertad de expresión, pero como la libertad de expresión está limitada por la libertad de empresa en una inversión de términos que debería asustar a cualquier defensor de la democracia, el funcionario, paradójicamente firmó un decreto que es un atentado contra la libertad de expresión.
Hagamos un poco de historia. El Estatuto del Periodista (Ley 12.908), fue promulgado el 18 de diciembre de 1946 para garantizar entre otras cosas que un periodista no pudiera ser presionado mediante cambios en sus funciones y horarios y que no pudiera ser despedido por razones arbitrarias, para lo cual se impuso una indemnización superior a la de los otros convenios. El objetivo era defender la libertad de expresión, porque está claro que si un periodista trabaja en condiciones precarias, su capacidad para investigar, pensar, redactar y opinar están limitadas por la necesidad de subsistencia.
Si un buen observador recorre hoy las redacciones de todos los diarios y revistas se encontrará con que a pesar del Estatuto, la precarización de los periodistas es un fenómeno oculto y sin embargo universalizado. Seamos claros: El país crece, el empleo crece, a medida que baja el desempleo hay un arrastre sobre el empleo en negro, que disminuye; pero la realidad del periodismo es inversa: Decrece, se pierden puestos de trabajo, es el sector más precarizado y todos los días hay una muchedumbre de periodistas que buscan algún trabajo. La mayoría vive de “changas”, porque las “colaboraciones” son eso, “changas”. Es el trabajo precario.
Y, para ser más claros, en un país con una mayoría de periodistas precarizados no hay libertad de expresión y el pueblo no puede ejercer su derecho a la información. Lo que hay son empresarios que tienen semi-esclavos de clase media a los cuales hacen trabajar de manera precaria para que expresen los intereses de la empresa.
Entre las diferentes maneras de considerar la precariedad laboral, Alejandro Ferrari y Néstor López (*) ya señalaban en 1993:
“Nos encontramos entonces ante la posibilidad de plantear dos criterios diferentes desde los cuales abordar el estudio de la precariedad laboral. Uno es considerar la precariedad a partir de la no registración, recurriéndose en los trabajos empíricos ala utilización de indicadores tales como ausencia de aportes jubilatorios o de obra social. En este caso, dentro de los indicadores de precariedad usuales,proponemos utilizar el no otorgamiento de duplicados de recibos de sueldo, que se nos presenta como el más adecuado legalmente.
En efecto, la omisión de su entrega hace presumir la no inclusión del dependiente en los libros laborales, asi como la falta de cumplimiento de las obligaciones previsionales y sindicales por parte del empleador. No nos referimos a a simpmle firma de recibos por parte del trabajador sin entrega de duplicados, pues su práctica –aunque la ley la condena, art. 142, ley 20744, t.o. decreto 390/76- sólo intenta consituirse en un reaseguro para el empleador y no impide, por sí sola, el fraude laboral y la clandestinización del dependiente.
El otro criterio es considerar la precariedad a partir de la inestabilidad del trabajador en el puesto de trabajo y su consecuente vulnerabilidad social. Establecer límites en el gradiente de situaciones que se pueden presentar en el estudio de casos particulares puede resultar una tarea tal vez arbitraria, pero la presencia de contrato escrito por tiempo determinado marca sin duda un quiebre en dicho contínuo.
(…)
Resulta entonces que nos encontramos efectivamente ante la posibilidad de plantear la siguiente tipología:
1.- Trabajadores regulares: son aquellos sin contrato escrito a los que se les otorga duplicado de recibo de sueldo.
2.- Trabajadores precarios registrados: son los trabajadores con contrato de trabajo escrito y firmado por empleador y empleado.
3.- Trabajadores precarios no registrados: son los trabajadores sin contrato escrito ni duplicado de recibo.
Como los periodistas no están incluidos en la Ley de Contratos de Trabajo sino en el Estatuto del Periodista, las empresas recibieron la ayuda inestimable de quien fuera ministro de Economía del ex presidente Carlos M. Domingo Cavallo fue quien obligó a los periodistas a convertirse en prestadores de servicios, quienes deben entregar una factura para hacer sus changas. Las empresas decidieron entonces armar sus equipos de trabajo con "changueros" -si se nos permite el neologismo, que es el verdadero significado del término oficial: "colaboradores". De allí en más, en periodismo, buscar un trabajo no es buscar un empleo sino buscar una changa. Entrarían en la categoría (3) especificada por los autores, pero con un recibo, que no es de sueldo sino que asegura a la empresa que el changuero ha pagado sus contribuciones sociales.
A modo de conclusión, diremos que en periodismo: Libertad de empresa + precarización + facturas de la AFIP= Cero libertad de expresión. Ahora, con el decreto de Mauricio Macri, habrá que pensar en números negativos para cuantificar la libertad de expresión.
Como los periodistas no están incluidos en la Ley de Contratos de Trabajo sino en el Estatuto del Periodista, las empresas recibieron la ayuda inestimable de quien fuera ministro de Economía del ex presidente Carlos M. Domingo Cavallo fue quien obligó a los periodistas a convertirse en prestadores de servicios, quienes deben entregar una factura para hacer sus changas. Las empresas decidieron entonces armar sus equipos de trabajo con "changueros" -si se nos permite el neologismo, que es el verdadero significado del término oficial: "colaboradores". De allí en más, en periodismo, buscar un trabajo no es buscar un empleo sino buscar una changa. Entrarían en la categoría (3) especificada por los autores, pero con un recibo, que no es de sueldo sino que asegura a la empresa que el changuero ha pagado sus contribuciones sociales.
A modo de conclusión, diremos que en periodismo: Libertad de empresa + precarización + facturas de la AFIP= Cero libertad de expresión. Ahora, con el decreto de Mauricio Macri, habrá que pensar en números negativos para cuantificar la libertad de expresión.
2 comentarios:
¡¡ LLEGA A LA CIUDAD EL RABINO BERGMAN CON SUS AFORISMOS !!La última noticia es que nuestro representante y aglutinador de las fuerzas antipopulares y antinacionales, don Mauri, ha sumado al proyecto al querido y verborrágico rabino Bergman. ¡Y qué mejor entonces que emplear los extraños ...... juegos de palabras del rabino con el fin de divulgar y promover las bondades del macrismo!
Al respecto, les dejo algunos ejemplos ideales para "embarrar la cancha", como acostumbra el PRO, cuando arrecian las críticas de los vecinos. Como ustedes saben, "el referente del dios de los judíos en la Tierra", es un experto en "hablar en difícil" para que no entendamos nada ... y así pasar él por "un bocho" y nosotros por "unos burros".
= Si está pronosticada lluvia y, por ende, hay grandes posibilidades de que la ciudad se inunde, el rabino deberá decir, con su mejor cara de boludo por cadena nacional:
"¡No se atormente vecina pero se avecina una tormenta!".
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www.kikitodulce.blogspot.com
Gracias Néstor Dulce, pero, ¿de dónde sacaste que el Rabino Bergman es para los judíos un representante de dios en la tierra? Ni siquiera puede arrogarse una representación colectiva religiosa, como sí hace don Benedicto, que puede hablar en nombre de los católicos, aunque sabemos representa a un grupo de cardenales que lo votaron y a un orgra que lo respalda. Bergman ni siquiera fue votado. Es un señor que se pone una kipá y sale a decir pavadas. Y como los grandes medios forman parte de una cadena internacional dedicada a tematizar pavadas, aparece en todas partes. Pero no es dios ni su representante. Es tanto como la Carrió, un poco descarriado y fascista, no mucho más.
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